La mujer, víctima social del maltrato
Han pasado muchos años desde que en 1999 la Organización de las Naciones Unidas, ONU, declaró el día 25 de noviembre como Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer.
Es por eso que hoy en Imbabura y en todo el país, el Consejo de la Judicatura desarrollará un sinnúmero de actividades para conmemorar esta fecha. A las 10:00 en el parque Pedro Moncayo se dará a conocer el evento de los 16 días de activismo, en donde asistirán las 38 instituciones que conforman la red, con el fin de que las autoridades; organismos no gubernamentales, ONGs; empresas privadas y sociedad civil que quiera unirse.
Para que luchemos hombro a hombro para erradicar completamente este mal que se ha mantenido, manifiesta Danilo Espinosa de los Monteros, director del Consejo de la judicatura de Imbabura, 16 días porque las otras instituciones han dado la indicación a nivel nacional que se mantengan en vigilia con diferentes actos, reuniones, conversatorios.
Mientras que el Gobierno Autónomo Descentralizado de Ibarra, GAD-I junto con Aldeas S.OS., organiza la Campaña Convivencia + Violencia= Zonas Seguras, en el Subcentro de Salud y Centro de Desarrollo Familiar y Comunitario Lomas de Azaya a las 13:30; a las 15:00 habrá la exposición pictórica de El Útero De Venus en el parque Pedro Moncayo, organizada por la Colectiva de Mujeres artistas y el GAD-I, entre otros eventos que se extenderán hasta el sábado 5 de diciembre.
Al Consejo de la Judicatura de la provincia de Imbabura han ingresado 1 549 causas desde enero de 2015 hasta finales de octubre del mismo año, comparando con el año anterior, que ingresaron 2 410 causas, es decir que se ha disminuido un 64,27 %. Si hacemos el global de la tasa de resolución de Imbabura, tenemos un magnifico porcentaje que es el 0,98 de tasas, que estamos demostrando con efectividad lo que tiene que ver con evitar la impunidad y resolver los casos que nos dan a conocer en las unidades judiciales.
Existen seis unidades judiciales en los seis cantones de la provincia, en Otavalo hay un juez especializado en violencia en contra la mujer y familia; en Cotacahi hay dos juezas multicompetentes; en Antonio Ante existen tres jueces que conocen la multicompetencia de la violencia contra la mujer y familia; en Ibarra hay dos juezas especializadas en violencia de género y un juez en el resto de cantones.
El Director provincial hace un llamado a los padres de familia para que eduquen a los hijos, si son varones que no se debe agredir a ninguna persona o generar violencia contra una mujer, y en el caso de niñas, se les guíe y conversen con ellas que sepan que no están objetos ninguna clase de maltrato.
La ruta de atención en violencia de género tiene tres fases: Atención y detección, que consiste en atención, acogimiento, denuncia, seguimiento al proceso judicial, que se realiza en instituciones como el Ministerio de Educación; Ministerio de Salud Pública; Ministerio de Justicia; Ministerio de Inclusión Económica y Social; Policía Nacional; Juntas y consejos cantonales y casas de acogida. La otra fase es la judicialización, que tiene que ver con el proceso en caso de flagrancia (cuando ocurre o se realiza en el momento). Y la reparación integral de derechos, que busca la restitución de los derechos de la víctima, con base en la sentencia obtenida en la judicialización.
Dentro de las estadísticas y las solvencias que se dan cuando una persona es flagelada (azotar, pegar, sacudir) en su integridad que puede ser física, sexual, psicológica o patrimonial, serán atendidos con el equipo técnico conformado por un médico, trabajadora social y una psicóloga cuando la personas se acerque a denunciar esta violencia.
Que luego de esto, la señora jueza emitirá las medidas de protección. IMPORTANCIA Si tiene dentro de la incapacidad y la valoración que hace el médico una incapacidad para el trabajo de menos de tres días la contravención puede ser sancionada entre uno y 30 días y si supera los tres días de incapacidad se le da las medidas de protección y se remite a la fiscalía para que se le investigue como un delito y que la sanciones varían, que pueden ir de uno a seis meses; de seis meses hasta tres años, conforme lo tipifica el Código Orgánico Integral Penal, COIP.
Cabe recalcar que en el Ecuador por primera vez se tipifica en el artículo 141 del COIP se reconoce el delito de femicidio que antes era visibilizado solamente por el hecho de ser mujer. La Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer informa que este caso es cualquier acción o conducta que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado.
Esta violencia es la expresión de un poder desigual de una persona respecto a otra, mediante el uso de la fuerza, el maltrato físico o emocional, que le impide gozar de una vida digna. Ecuador sufre este flagelo en una proporción alarmante: seis de cada diez mujeres mayores de 15 años han sufrido episodios de violencia, por el solo hecho de ser tales; lo peor es que de tanto repetirse se ha convertido en algo natural, que molesta pero que se lo ve como algo inherente a la condición humana.
María (nombre ficticio) ha sido víctima y responsable misma de esta violencia, ella y su esposo hacen estos actos de violencia temporalmente, se maltratan física y verbalmente. Para ella es una costumbre que ni si quiera ha pensado en realizar una denuncia, vive alrededor de cinco años con su pareja, quienes se han alejado y regresado en pocos días. Todos acto de violencia es una conducta que aprende o se elige, no que viene en el ser humano, si no, todos los hombres serían violentos y todas las mujeres sus víctimas.
La Constitución del Ecuador exige en el artículo 66 que se cumpla el derecho a la integridad personal, y que esta incluya: Una vida libre de violencia tanto en el ámbito público con en el privado.
A pesar de ello, las cifras muestran que la vida no está libre de esa violencia, por ejemplo, la encuesta Nacional sobre relaciones Familiares y Violencia de género contra las mujeres (2011) muestra que el 63,5 % de las mujeres de Imbabura ha sufrido algún tipo de violencia, lo que pone a esta provincia encima del promedio nacional, que es el 60,6 %, según el Instituto Nacional de Estadísticas y Censo, INEC.
De todas las mujeres víctimas de violencia, las indígenas y las afroecuatorianas son las que más la sufren: 67 % y 66,7 %. En el marco legal de la violencia, el COIP, define la violencia en el marco intrafamiliar, en el artículo 155 la violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar, se considera violencia toda acción que consiste en maltrato, físico, psicológico o sexual ejecutado por un miembro de la familia en contra d la mujer o demás integrantes.
Si se provoca daño leve que afecte cualquiera de las dimensiones del funcionamiento integral de la persona, sin que cause impedimento en el desempeño de sus actividades cotidianas será sancionada con pena privativa de libertad de 30 a 60 días.