Justicia indígena y derechos
OTAVALO. El presidente Rafael Correa en el enlace del sábado manifestó que la justicia indígena está en la Constitución y es parte de la cultura ancestral del país, pero que esto no le faculta a ir contra los derechos humanos.
Dirigentes y estudiosos de la tradición ancestral dicen que no se vulnera los derechos humanos de quienes son procesados por la justicia indígena y se mantienen en que se debe entender el porqué de cada una de las sanciones que se impone a los castigados según la infracción o el delito.
Para la Constitución de la República los procesos de las justicias ordinaria e indígena tienen la misma validez y manifiesta que los derechos humanos deben ser respetados y no vulnerados tomando en consideración documentos internacionales en este tema. Ecuador es un estado que respeta y se rige por convenios internacionales.
El primer mandatario manifestó que la justicia indígena está para resolver los problemas internos de las comunidades y que los delitos se deben juzgar a través de la justicia ordinaria y según la corte constitucional, en una sentencia dictó: La jurisdicción y competencia para conocer, resolver y sancionar los casos que atenten contra la vida de toda persona es facultad exclusiva y excluyente del Sistema de Derecho Penal Ordinario, además se manifiesta que la justicia indígena no puede sancionar violaciones, asesinatos, entre otros delitos.
Para quienes viven en las comunidades ancestrales, cuando una persona, así no pertenezca a la etnia indígena, comete un delito entra en la jurisdicción de los miembros de la asamblea de la zona y proceden a reconocer las causas y consecuencias del acto y si el acusado es culpable o será perdonado.
En las asambleas de la justicia indígena se inicia con el willachina, aviso o demanda, para llevar a conocimiento de la autoridad el hecho producido y los posibles responsables, después sigue la tapuykuna, investigación, que se cumple en varias diligencias como inspección ocular, testimonios, versiones y documentos, para posteriormente realizar la chimbapurana que es la confrontación entre acusado y acusador, que comienza con la instalación de la asamblea e información de los hechos, aclaración entre las partes y presentación de las pruebas, posterior en asamblea se decide la sanción o el perdón, de darse el primer caso se ejecuta la resolución.
Germán Muenala, comunicador social kichwa, manifestó que las justicias ordinaria e indígena tienen la misma finalidad, pero con dos sistemas de operar distintos y comentó que es necesario entender que todos los procesos realizados en la cultura ancestral son parte de la tradición y deben ser comprendidos, conocidos y estudiados para poder opinar sobre ellos.
La diferencia entre justicias es que la ordinaria tiene códigos a los que se rige, penal, civil, de trabajo, entre otros, y la indígena no tiene códigos a los que regirse, pero se sanciona tomando en cuenta las circunstancias.
El acontecimiento de justicia indígena que sucedió en Ilumán a dos mujeres acusadas por robo de celulares en buses, las dos semidesnudas y frente a decenas de personas fueron latigueadas, ha sido tomado como ejemplo de no respetar los derechos humanos. Para la cultura ancestral todo el proceso es un ritual de purificación y ayuda a los castigados a recapacitar.
Rocío Cachimuel, presidenta de la federación Indígena y Campesina de Imbabura, FICI, indicó que las comunidades ancestrales continuarán defendiendo los espacios para mantener la cultura y además comentó que se vive una persecución política para los movimientos y partidos liderados por el pueblo indígena por parte del Gobierno Central.
El presidente en el enlace ciudadano sostuvo que La constitución reconoce la justicia indígena siempre y cuando no atente contra los derechos humanos y que a nombre de la tradición no se debe humillar a las personas, y que cuando no se los respeta la actividad es inconstitucional.